ii) la ayuda no referida a productos especÃficos que de otro modo tendrÃa obligación de incluir en el cálculo de su MGA Corriente cuando tal ayuda no exceda del five por ciento del valor de su producción agropecuaria whole.
two. El Consejo Common podrá adoptar disposiciones apropiadas para la celebración de consultas y la cooperación con organizaciones no gubernamentales que se ocupen de cuestiones afines a las de la OMC.
2. A reserva de las disposiciones del artÃculo 6, ningún Miembro prestará ayuda a los productores nacionales por encima de los niveles de compromiso especificados en la Sección I de la Parte IV de su Lista.
â la reducción world de los aranceles en un 40 por ciento y los acuerdos más amplios de apertura de los mercados en el sector de las mercancÃas, asà como la mayor previsibilidad y seguridad que representa la importante expansión del alcance de los compromisos arancelarios, y
Restricciones a la exportación, con inclusión de las limitaciones voluntarias de las exportaciones y los acuerdos de comercialización ordenada
b) por "producto agropecuario de foundation", en relación con los compromisos en materia de ayuda interna, se entiende el producto en el punto más próximo posible al de la primera venta, según se especifique en la Lista de cada Miembro y en la documentación justificante conexa;
4. Cuando una partida arancelaria haya sido anteriormente objeto de una concesión, el nivel de los "demás derechos o cargas" registrados en la Lista correspondiente no será más elevado que el aplicable en la fecha de la primera incorporación de la concesión a esa Lista. Todo Miembro podrá, dentro de un plazo de tres años contados a partir de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC o dentro de un plazo de tres años contados a partir de la fecha de depósito en poder del Director Typical de la OMC del instrumento por el que se incorpora la Lista de que se trate el GATT de 1994, si esta fecha es posterior, impugnar la existencia de un "derecho o carga" de esa naturaleza, fundándose en que no existÃa en la fecha de la primera consolidación de la partida de que se trate, asà como la compatibilidad del nivel registrado de cualquier "derecho o carga" con el nivel previamente consolidado.
(2) Nada de lo dispuesto en este Entendimiento tiene por objeto modificar los derechos y obligaciones que corresponden a los Miembros en virtud del artworkÃculo XII o de la Sección B del artÃculo XVIII del GATT de 1994. Podrán invocarse las disposicionesde los artworkÃculos XXII y XXIII del GATT de 1994, desarrolladas y aplicadas en virtud del Entendimiento sobre Solución de Diferencias con respecto a todo asunto que se plantee a raÃz de la aplicación de medidas de restricción de las adoptadas por motivos de balanza de pagos.
(one) En estas medidas están comprendidas las restricciones cuantitativas de las importaciones, los gravámenes variables a la importación, los precios mÃnimos de importación, los regÃmenes de licencias de importación discrecionales, las medidas no arancelarias mantenidas por medio de empresas comerciales del Estado, las limitaciones voluntarias de las exportaciones y las medidas similares aplicadas en la frontera que no sean derechos de aduana propiamente dichos, con independencia de que las medidas se mantengan o no al amparo de exenciones del cumplimiento de las disposiciones del GATT de 1947 otorgadas a paÃses especÃficos; no lo están, sin embargo, las medidas mantenidas en virtud de las disposiciones en materia de balanza de here pagos o al amparo de otras disposiciones generales no referidas especÃficamente a la agricultura del GATT de 1994 o de los otros Acuerdos Comerciales Multilaterales incluidos en el Anexo 1A del Acuerdo sobre la OMC.
d) otras medidas que, aun respetando las disposiciones del Acuerdo, afecten desfavorablemente a la capacidad de los proveedores de servicios financieros de cualquier otro Miembro para actuar, competir o entrar en su mercado;
Otras medidas no arancelarias, por ejemplo regÃmenes de licencias y prescripciones en materia de contenido nacional; gravámenes variables
two. Cada uno de los Miembros conferirá a la OMC los privilegios e inmunidades necesarios para el ejercicio de sus funciones.
six. Los compromisos que resulten de esas negociaciones se consignarán, con indicación de la fecha en que entren en vigor, en las Listas anexas al Acuerdo Normal sobre el Comercio de Servicios y estarán sujetos a todas las disposiciones del Acuerdo.
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